ACTOS SUJETOS A COMUNICACIÓN PREVIA
ACTOS SUJETOS A COMUNICACIÓN PREVIA (art.294 del D 550/2022, de 29 de noviembre)

Están sujetos a comunicación previa al municipio
- Los cambios de titularidad y la transmisión de cualesquiera licencias urbanísticas y declaraciones responsables.
- El inicio de las obras autorizadas por licencia urbanística cuando la actuación de que se trate requiera proyecto técnico conforme a la legislación vigente. No será necesario comunicar dicho inicio en las actuaciones sometidas a declaración responsable.
- Las prórrogas del plazo para el inicio y terminación de las obras con licencia o declaración responsable en vigor.
- El desistimiento de la licencia urbanística o de la declaración responsable presentada.
- Los actos de agregación de fincas, parcelas o solares que sean conformes con la ordenación territorial o urbanística.
- Otros datos o situaciones que establezcan las Ordenanzas municipales, tales como la paralización voluntaria de las actuaciones o el cambio de la dirección facultativa.